Ayudas por pérdidas derivadas de la COVID19

Difunde en redes sociales:

Ayer jueves 17 de junio salió publicada la Resolución para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado (AYUDA ADER A LA SOLVENCIA).

Solo se puede pedir esta ayuda si tienes deudas de:

  • Facturas desde el 01/03/2020 al 31/05/2021 y contratadas antes del 13/3/2021.
  • Préstamos formalizados desde el 01/03/2020 hasta el 12/03/2021.

SI NO TIENES FACTURAS IMPAGADAS O PRÉSTAMOS FORMALIZADOS EN ESTAS FECHAS, NO PODRÁS PEDIRLA.

El plazo es hasta el 2 de julio de 2021 y NO es por orden de presentación.

Beneficiarios:

  • Empresas en estimación objetiva/módulos con deudas en el periodo 01/03/2020 al 31/05/2021 o préstamos formalizados.
  • Empresas en estimación directa con una reducción del 30% en el volumen de operaciones declarados en IVA del 2020 con respecto al 2019 y una deuda mínima de 4.000€ en el periodo 01/03/2020 al 31/05/2021.

Cuantía de la ayuda:

  • Para módulos: el valor de la deuda impagada, con un máximo de 3.000€.
  • Para estimación directa: como mínimo 4.000€ y máximo de 200.000€.

En el caso de poder solicitar la ayuda, deberás preparar las facturas y préstamos formalizados pendientes de pago y solicitar cita previa en una de nuestras oficinas de UAGR.

Para más información, ponte en contacto con nuestras oficinas.

Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.