Ayudas por pérdidas derivadas de la COVID19

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Ayer jueves 17 de junio salió publicada la Resolución para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado (AYUDA ADER A LA SOLVENCIA).

Solo se puede pedir esta ayuda si tienes deudas de:

  • Facturas desde el 01/03/2020 al 31/05/2021 y contratadas antes del 13/3/2021.
  • Préstamos formalizados desde el 01/03/2020 hasta el 12/03/2021.

SI NO TIENES FACTURAS IMPAGADAS O PRÉSTAMOS FORMALIZADOS EN ESTAS FECHAS, NO PODRÁS PEDIRLA.

El plazo es hasta el 2 de julio de 2021 y NO es por orden de presentación.

Beneficiarios:

  • Empresas en estimación objetiva/módulos con deudas en el periodo 01/03/2020 al 31/05/2021 o préstamos formalizados.
  • Empresas en estimación directa con una reducción del 30% en el volumen de operaciones declarados en IVA del 2020 con respecto al 2019 y una deuda mínima de 4.000€ en el periodo 01/03/2020 al 31/05/2021.

Cuantía de la ayuda:

  • Para módulos: el valor de la deuda impagada, con un máximo de 3.000€.
  • Para estimación directa: como mínimo 4.000€ y máximo de 200.000€.

En el caso de poder solicitar la ayuda, deberás preparar las facturas y préstamos formalizados pendientes de pago y solicitar cita previa en una de nuestras oficinas de UAGR.

Para más información, ponte en contacto con nuestras oficinas.