Convenio Agropecuario y contratación de trabajadores temporeros

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Desde su publicación en el BOR el viernes 23 de agosto, ya está en vigor el nuevo Convenio Agropecuario para los años 2023, 2024 y 2025. Se puede ver completo aquí: http://ias1.larioja.org/boletin/Bor_Boletin_visor_Servlet?referencia=30866473-1-PDF-563590

Las principales novedades del convenio son las siguientes:

  • Solo existirá obligación de dar alojamiento a temporeros que se desplacen a más de 80 km desde su lugar de alojamiento habitual para trabajar en La Rioja.
  • Si el trabajador temporero dispone de alojamiento o se lo procura por sus medios, y siempre que haya acuerdo previo por escrito entre las partes (en el que se reflejará la dirección de dicho alojamiento y el coste que supone para el trabajador), el contratador correrá con los gastos que documente el trabajador.

De esta manera el agricultor puede ofrecer alojamiento propio, alojamiento a su cargo (buscado y pagado por el agricultor) o costear el que ya tenga el trabajador (se da así seguridad jurídica a las partes), evitando el riesgo de sanción.

Información relevante sobre las contrataciones para las campañas agrarias:

  • Comprobar que los trabajadores que están trabajando en la finca sean exactamente los que se han contratado. Pedir originales de su documentación y comprobar que sean ellos.
  • Es obligatorio tener cubierta la prevención de riesgos laborales con antelación a la contratación con una empresa especializada de prevención, así como un seguro que cubra los casos de muerte e invalidez por accidente de trabajo.
  • Realizar un registro diario de jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona, firmada por la misma, y tenerla en el centro de trabajo.
  • Altas previas en Seguridad Social: Los trabajadores tienen que estar dados de alta en el momento en que comienzan a trabajar (mejor el día anterior para cubrir posibles accidentes desde la residencia del trabajador al lugar de trabajo).
  • No utilizar el servicio de subcontratadores porque están muy sancionados y perseguidos por Inspección. Recuerda que la cesión de mano de obra es ilegal.
  • No llevar a trabajar a personas que cobren algún tipo de prestación o pensión (jubilación, paro…).
  • El contratador tiene obligación de proporcionar un alojamiento digno a los trabajadores durante el tiempo de la campaña (propio o a su cargo).
  • No está permitido el cambio de cuadrillas entre agricultores cuando solo están dados de alta con uno de los titulares, ni contratar a trabajadores menores de 16 años (no pueden estar de ninguna manera en la finca).
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