Nueva normativa sobre el registro de abonado

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Información elaborada por COAG sobre el Real Decreto 934/2025 que modifica las normas de nutrición sostenible en suelos agrarios.

🗓️ Lo más importante: se retrasa todo un año

Las obligaciones de registro en el Cuaderno de Explotación y el Plan de Abonado se aplazan de forma general hasta el 1 de enero de 2026.

Se aplicará retroactivamente desde enero de 2023.

📝 Cuaderno de explotación: ¿quién se libra?

No habrá que registrar la aplicación de abono en los siguientes supuestos:

  • 5 hectáreas o menos de cultivos permanentes y tierras de cultivo (sin contar pastos temporales), siempre que haya 1 hectárea o menos de regadío.
  • Si solo se tienen pastos (temporales o permanentes) y no se aplican fertilizantes. Las deposiciones del ganado mientras pasta no cuentan como fertilización.
  • Excepción a la excepción: Pastos fertilizados o invernaderos de más de 0,1 ha.

Este registro se puede llevar en papel o en digital, como se prefiera.

🌱 Plan de abonado y asesoramiento

El plan de abonado será obligatorio a partir del 1 de septiembre de 2026. Si se siembra o planta en regadío entre marzo y junio de 2026, la obligación empieza el 1 de enero de 2026.

En cuanto al asesoramiento técnico:

  • En Zonas Vulnerables: es obligatorio un año después del Plan de Abonado.
  • En el resto de zonas: obligatorio dos años después del Plan de Abonado.
  • Quién esté exento del Plan de Abonado, también lo está del asesoramiento

🚜 Purines: las excepciones se amplían

Se flexibilizan las excepciones para usar plato, abanico y cañón:

  • En parcelas con más del 10% de pendiente o de menos de 1 hectárea (si no colindan con otras del mismo propietario).
  • En toda la explotación si el resto de recintos (quitando pastos comunales y lo anterior) suman menos de 2 hectáreas o representan menos del 50% de la superficie.

🌊 Distancias de seguridad

5 metros de distancia con ríos, lagos, playas y costas al aplicar estiércoles o residuos.

Para pozos y captaciones de agua, las distancias las marca el Reglamento del Dominio Público Hidráulico.

📚 Otras novedades técnicas

  • Los lodos deben tener al menos un 25% de materia orgánica sobre materia seca.
  • El REGFER (registro de gestión de estiércoles) también se retrasa a 2026.

En resumen: más tiempo para adaptarse, menos papeleo para los pequeños y más sentido común. No es perfecto, pero es un paso en la buena dirección.

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