Ante el debate que hay abierto en el sector agrario riojano sobre la crítica situación que atraviesa el sector vitícola, la Comisión del Vino de la UAGR-COAG, reunida el 19 de febrero, plantea las siguientes medidas encaminadas a recuperar la rentabilidad de los viticultores de la DOC Rioja:
1.- Acuerdos en el seno de la OIPVR y el Consejo Regulador de la DOCa Rioja.
Ante las decisiones a tomar, tanto en la OIPVR como en el Consejo Regulador de la DOCa Rioja, proponemos que las organizaciones agrarias (que sumamos el 60% de los votos del sector productor) se comprometan a consensuar posturas a favor del sector productor con carácter previo a las votaciones en sendos organismos. Estos acuerdos se adoptarán especialmente en materia de potencial productivo de la DOCa Rioja (nuevas plantaciones de viñedo), rendimientos de campaña para el vino amparado y aprobación de los presupuestos del Consejo Regulador.
Dentro de estos acuerdos se respetarán los siguientes puntos:
- No aprobación de ningún porcentaje para el vino sin amparo de la DOCa Rioja (desviaciones climatológicas, stock, etc.). Para evitar los problemas que puedan tener los viticultores en su última pesada entregada en la bodega, se aprobará un máximo del 3% sobre el rendimiento amparado de entrega máxima en bodega, porcentaje que irá a destilación obligatoriamente.
- No aprobación de crecimiento de masa vegetal.
- Eliminación total del vino que pueda existir en stock vía destilación.
2.- Grupo de trabajo de cambio de estatutos en la OIPVR.
Proponemos que las organizaciones agrarias se comprometan a apoyar los cambios necesarios en los Estatutos y Reglamento del régimen interno de la OIPVR para que la representatividad del sector productor sea la más real posible. Para ello, es necesario trabajar en un cambio estatutario para que el censo de viticultores y el procedimiento de acreditaciones permita la exclusión del sector productor de grupos empresariales titulares de viñedo en los que sus socios sean coincidentes con los socios de bodegas inscritas en el censo del sector comercial.
3.- Contratos tipo-homologados de compraventa de vino y de uva con destino a la trasformación en vino.
Es necesario, además de estar en vigor la obligación del registro de contratos alimentarios derivado de La Ley 12/2013 de la Cadena Alimentaria, trabajar en el seno de la OIPVR para la publicación, puesta en marcha y fomento por las partes del uso de los contratos tipo homologados. Además, con objeto de facilitar y ordenar las transacciones entre los distintos actores de la cadena de valor del vino, se debe poner en marcha la Comisión de Seguimiento de los contratos encargada de tratar de resolver las controversias que surjan entre las partes y de evaluar el uso de dichos contratos y su alcance. Con esto se daría cumplimiento a los objetivos y fines recogidos en los Estatutos de la OIPVR en su artículo 8, letra h, y a las funciones encomendadas a su Junta Directiva, artículo 28, letra i, de los Estatutos.
4.- Cumplimiento de la Ley de la Cadena Alimentaria.
El cumplimiento de la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la Cadena Alimentaria debe ser defendido por todos los actores de la cadena. Para velar por el cumplimiento y aplicación de la Ley están las Autoridades de Ejecución, tanto a nivel regional las designadas por cada Comunidad Autónoma, como a nivel nacional la AICA (Agencia de Información y Control Alimentarios). Las organizaciones firmantes se comprometen a denunciar antes estos organismos el incumplimiento de las disposiciones contempladas en la Ley 12/2013, de 2 de agosto, en cuanto a inexistencia de contratos firmados antes de la entrega del producto, precio pactado por debajo de los costes de producción, pagos efectuados fuera de los plazos establecidos, o el incumplimiento de cualquier otra obligación reflejada en la Ley.
Así mismo, se comprometen a exigir a las Autoridades de ejecución de la Ley de la Cadena que las inspecciones, controles de oficio y sanciones sean efectivas, se cuente con los medios suficientes para ello y se haga el esfuerzo necesario para que el cumplimiento sea el deseado. En especial, se debe exigir que el Registro de contratos alimentarios, en vigor desde el 30 de junio de 2023, se revise tras la finalización de la vendimia, con el objetivo de comprobar que todas las transacciones de compraventa de uva estén registradas en tiempo y forma.
5.- Vendimia en verde, ayudas compensatorias e Intervención Sectorial de Vino (ISV).
Es necesario trasladar de forma conjunta y contundente a la administración regional la puesta en marcha de la vendimia en verde, con presupuesto suficiente y condiciones factibles para la mayoría de los viticultores. También, al igual que ha hecho el Gobierno Vasco, son necesarias las ayudas compensatorias y directas a los viticultores asociadas a la bajada de rendimientos que está asumiendo el sector. Según las condiciones finales establecidas por el Ministerio para la vendimia en verde en 2024, se estudiará la solicitud de un complemento regional para la vendimia en verde para que ninguna solicitud se quede fuera de esta medida de mercado.
Ante la baja rentabilidad del sector en los últimos años, y ante la falta de discriminación positiva y suficiente de la calidad por parte de las bodegas, es previsible que los viñedos más viejos de la DOCa Rioja, patrimonio enológico, vegetal y cultural por excelencia, sea objeto de reestructuraciones y arranques. Esto, además de la perdida que supone, va asociado a nuevas plantaciones de viñedos más productivos, algo que en estos momentos perjudica colectivamente al sector productor. Es por ello que se trabajará, además de proteger estos viñedos dentro de la Intervención Sectorial del Vino, para el establecimiento de ayudas que favorezcan el mantenimiento de estos viñedos como, por ejemplo, en la mejora de la ayuda recogida dentro del PEPAC para La Rioja de mantenimiento de la biodiversidad en viñedo (más de 50 años), dotándola de mayor cuantía y bajando el umbral de edad para que más viñedo pueda acceder a ella.
Se apoyará una distribución justa del presupuesto entre las distintas medidas que se recoge en la ISV (inversiones en bodega, promoción en terceros países, restructuración y reconversión de viñedos y cosecha en verde). Se solicitará un límite de ayuda por solicitante para la intervención sectorial de Inversiones en bodega, y su mejora, para que puedan acceder a ellas las pequeñas bodegas familiares y de cosecheros.
Se trabajará en la reorientación de la medida de reestructuración y reconversión de viñedo, de forma que sea un instrumento eficaz para atender la demanda del mercado y adaptar el viñedo de la DOCa Rioja a los posibles efectos del cambio climático.
6. Regulación del potencial vitícola
Suprimir el plazo de caducidad de las autorizaciones de plantaciones de viñedo ((o ampliarlo a 8 años o más). Así los viticultores que arranquen viñedo podrán decidir cuándo replantarlo en un plazo mayor, si las condiciones lo aconsejan.
Habilitar un sistema de bloqueo de las autorizaciones de replantaciones (tanto las que estén pendientes de plantación como las nuevas que se puedan generar) mientras persista la situación actual de crisis. En estos momentos se está traspasando la masa de viñedo de los viticultores a las bodegas, por eso es importante terminar con la compra-venta encubierta de derechos de viñedo.
Arranques subvencionados con posibilidad de replantación cuando se supere la situación de crisis de mercado (y siempre con un mínimo de 8 años). La subvención financiaría el 80% del coste del arranque más un porcentaje de la pérdida de renta durante los años de inactividad.
Crecimiento de potencial vitícola: Fijar en el 0% la superficie nacional y por DOP anual dedicado a las nuevas plantaciones.
7.- Código de Buenas Prácticas Comerciales.
Las organizaciones firmantes exigirán la redacción y puesta en marcha de un Código de Buenas Prácticas Comerciales de obligado cumplimiento para las bodegas inscritas dentro de la DOCa Rioja y para el resto de eslabones de la cadena alimentaria. Además, se solicitará que el cumplimiento de este Código sea criterio de priorización para todas las ayudas públicas que se establezcan.
Este Código tendrá como objeto, además de mejorar las relaciones comerciales entre los operadores, el de asegurar la rentabilidad para el sector productor, y contemplará, como mínimo, los siguientes aspectos:
- El empleo de los contratos tipo-homologados para la DOCa Rioja, con su remisión obligatoria a la OIPVR (Comisión de Seguimiento de Contratos)
- Cumplimiento expreso de la Ley 12/2013, del 2 de agosto, de Cadena Alimentaria.
- Discriminación del precio de la uva por calidad, con especial atención a los viñedos de más edad.
- Capacidad de decisión, por parte del viticultor, del momento de entrega de uva en la bodega.